La demanda de divorcio por separación de hecho

iniciar una demanda de divorcio por separacion de hechoComo todo proceso iniciado a través de la vía contenciosa; es decir, por medio de un juicio ante el poder judicial, el Divorcio por causal de Separación de Hecho, se peticiona ante el juzgado competente a través de una demanda. La presentación de la misma, representa el primer paso en el proceso destinado a la consecución del Divorcio. No olvidemos que esta causal consiste en la no convivencia de la pareja por un tiempo de dos años en caso de no tener hijos menores de edad y de cuatro años si los tuvieran. Esta separación no debe ser por motivos de salud ni de trabajo.

El Código Procesal Civil,  establece como requisitos que toda demanda debe contener: la designación del juez ante el cual se interpone (en el caso concreto corresponderá presentarlo dirigido al Juez de Familia que ejerza jurisdicción ya sea en territorio que comprenda el último domicilio conyugal, o del lugar en el que se celebró el matrimonio); el nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria y domicilio procesal del demandante; el nombre y domicilio procesal del demandado (en caso de ignorarse se deberá expresar esta circunstancias en la demanda que será entendida como declaración jurada); el petitorio, en el que se invocará la causal de Separación de Hecho; los hechos en que se funde el petitorio (se describirá de manera detallada e histórica cada uno de los hechos constituyan el supuesto de concurrencia de la causal); la fundamentación jurídica del petitorio (todas aquellas normas que hallen correlato con los hechos descritos); la indicación de la vía procedimental que corresponde a la demanda (vía de conocimiento en el caso del divorcio por causal); los medios probatorios (todos aquellos instrumentos que sirvan para generar certeza respecto a la ocurrencia de los hechos descritos); y la firma del demandante y del abogado. Asimismo quien la solicita debe acreditar encontrarse al día en el pago de las obligaciones alimenticia con sus hijos y /o cónyuge si lo hubiese pactado o si existe sentencia de alimentos que lo obliga.

La ley  y el divorcio por separación de hecho

ley del divorcio por separacion de hechoLa Ley exige que en caso de demandar el Divorcio por Causal, uno de los emplazados deberá ser el Ministerio Público. El caso de divorcio por causal de separación de hecho no constituye una excepción.

La efectividad y el resultado del proceso que se iniciará a través de la demanda dependerá en gran medida de la suficiencia de los medios probatorios, así como de una adecuada asesoría, capaz de prevenir cualquier error en el su planteamiento o desarrollo.

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