Que es el divorcio voluntario

divorcio voluntarioLas causas que producen el fracaso de una relación pueden ser múltiples, pero en la mayoría de casos, ambos cónyuges tienen una responsabilidad mutua frente a este resultado. Comprenderlo pude significar una ventaja para ambos miembros al momento de optar por una vía que logre formalizar legalmente la separación a través de un Divorcio.

Es por ello, que en vista de un progresivo incremento en los casos de parejas que en acuerdo pleno de disolver su matrimonio se acercaban ante el poder judicial, el año 2007, el congreso de la república aprobó la Ley 29227 que regulaba el Procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior a través de Notarías y Municipalidades.

Esta paradigmática reforma en el ordenamiento jurídico peruano –en otros países del mundo existían procedimientos parecidos hace ya varias décadas- significó una apuesta por la resolución pacífica de conflictos de intereses en torno a ciertos aspectos del derecho de Familia. En razón de sus propias características pasó a ser difundido en el medio como Divorcio por Mutuo Acuerdo, Divorcio Rápido, Divorcio Notarial, Divorcio Municipal, entre una variada nomenclatura adicional.

No sorprende en tal sentido, que a causa de la concurrencia necesaria de voluntades para su procedencia, sea conocido en la actualidad además, como Divorcio Voluntario.

Es justamente la voluntad mutua de poner fin al vínculo matrimonial, la que queda expresada en la solicitud a través de la firma de los cónyuges. La municipalidad o notaría evalúa los requisitos establecidos tales como la no existencia de bienes sujetos a régimen de sociedad de gananciales (en caso existan se deberá proceder a una separación de patrimonios de manera previa) y la no existencia de hijos menores de edad o mayores con discapacidad (en caso los hubieran deberán determinarse previamente los regímenes correspondientes a la patria potestad, tenencia, visitas y alimentos).

Desde la presentación de la solicitud, el procedimiento se desarrolla en aproximadamente tres meses, siendo su celeridad una de sus mayores virtudes en comparación a un proceso judicial de Divorcio por Caudal que por lo general tarda un aproximado de 18 meses en resolverse.

La ley del divorcio voluntario

En un primer momento, el Poder judicial era el único facultado para disolver los vínculos matrimoniales, pero a partir de la promulgación de la LEY 29227 la cual nos dice que se le da la facultad de disolver el vínculo matrimonial a los Alcaldes de los Municipios (que deben ser autorizados por el Ministerio de Justicia) y a los notarios, los cuales están facultados siempre y cuando su jurisdicción esté dentro del último domicilio en el cual la pareja hayan convivido juntos o del lugar donde se haya celebrado el matrimonio. Debe quedar en claro, que el divorcio voluntario puede llevarse a cabo solo si la pareja está de acuerdo y no tienen objeción alguna con respecto a la separación.

Para lograr el divorcio voluntario se necesitan ciertos requisitos señalados por la Ley:

1.- Que la pareja al solicitar el divorcio voluntario no tenga hijos menores de edad o mayores con incapacidad.

2.-  Si da el caso de tener hijos, es imprescindible que anteriormente la pareja haya quedado en un acuerdo con respecto de los regímenes de visita, de patria potestad, alimentos y tenencia; mediante un acuerdo extrajudicial o por una sentencia previamente dada.

3- Que los cónyuges carezcan de bienes sujetos a Sociedad de Gananciales; o si los hubiera, que exista escritura pública de Sustitución o Liquidación del Régimen Patrimonial, inscrita en los registros públicos.

Los acuerdos por el divorcio voluntario (convenio)

divorcio voluntario peruComo se comentó anteriormente, es requisito necesario para proceder a solicitar el Divorcio por Mutuo Acuerdo o Divorcio Voluntario, que de manera previa, en caso de tener hijos menores de edad o mayores con discapacidad,  se establezcan a través de convenios los regímenes de patria potestad, tenencia, visitas y alimentos en favor de uno o ambos cónyuges a través de un proceso conocido como conciliación extrajudicial.

La Conciliación Extrajudicial constituye una vía alternativa de resolver los conflictos con la colaboración de un conciliador que actúa como moderador facilitando a través del diálogo el entendimiento entre las partes para que superando sus diferencias puedan llegar a plasmar acuerdos de mutuo asentimiento, los cuales quedarán plasmados en el acta de conciliación suscrita.

El Acta de Conciliación es el documento que contiene el convenio al que se arribó luego de producida la audiencia conciliatoria. Firmada por las partes y el conciliador, constituye título ejecutivo ya que en caso de incumplimiento de los acuerdos arribados, el perjudicado podrá acudir al órgano jurisdiccional para solicitar a través de una demanda ejecutiva el cumplimiento del mismo.

En la actualidad, existen muchos Centros de Conciliación en todo el país. Es necesario recalcar que para que un centro de conciliación pueda emitir actas válidas, deberá estar acreditada por el Ministerio de Justifica.

Como iniciar el divorcio voluntario

Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos que posibilitan iniciar un proceso de Divorcio por Mutuo Acuerdo o Divorcio voluntario, los cónyuges que desean poner fin al vínculo matrimonial que los ha estado uniendo por un período mínimo de dos años, deberán presentar una solicitud en la que pidan al notario o alcalde que declare en primer lugar la separación convencional, y posteriormente el divorcio definitivo.

A la solicitud de separación convencional y divorcio ulterior se deberán anexar las copias de los documentos de identificación de los cónyuges (aquellos documentos deben guardar concordancia e identidad con los nombres y datos consignados en la partida de matrimonio), la partida certificada de matrimonio de los cónyuges (documento cuya antigüedad desde su emisión no deberá ser mayor a tres meses); partidas de nacimiento de los hijos menores en cuanto los hubiera (adicionalmente se deberán adjuntar la copia certificada del acta de conciliación sobre régimen de tenencia, visitas y alimentos; o de lo contrario la sentencia que determine estos aspectos), y las declaraciones juradas en las que quede expresada la carencia de bienes sujetos a régimen de sociedad de gananciales o la no tenencia de hijos menores de edad o mayores con discapacidad (de acuerdo a las particularidades del caso).

Una vez presentada la solicitud, se fijará una fecha en la que se llevará a cabo la audiencia de ratificación en la que los cónyuges, ante el notario o representantes de la municipalidad, confirmarán su intención de divorciarse. Una vez sentada el acta, el procedimiento posterior obedece en términos prácticos a mera formalidad legal.

Los requisitos para el divorcio voluntario

Los requisitos para el inicio de un proceso de divorcio por mutuo acuerdo o divorcio voluntario se hallan constituidos por aquellos supuestos de hecho que el derecho considera necesarios por razones de seguridad jurídica y social que deben demostrar los cónyuges. Así, la ley 29227 señala como requisitos que condicionan el inicio de un proceso de divorcio por mutuo acuerdo los siguientes:

1.- Los cónyuges no deben tener hijos menores de edad ni mayores con discapacidad: Por una razón de obvia seguridad en favor de la parte más débil de la familia, el derecho exige que para el inicio de un procedimiento de divorcio por mutuo acuerdo en caso la pareja tenga hijos menores de edad o mayores con discapacidad, que de manera previa a la presentación de la solicitud, se hayan establecido a través de sentencia o acta conciliatoria, las obligaciones referidas a la patria potestad, régimen de visitas, tenencia y pensión alimentaria en favor de los hijos.

2.- Los cónyuges deben carecer de bienes sujetos a régimen de sociedad de gananciales: Resulta obvio que de forma posterior al divorcio, no pueda subsistir un régimen patrimonial creado específicamente en favor de la institución del matrimonio. En tal sentido, siempre que cuando se realizó el matrimonio fue adoptado dicho régimen, antes de iniciar el proceso de divorcio con acuerdo, se deberán liquidar los bienes adquiridos y sustituir el régimen de sociedad de gananciales por uno de separación de patrimonios.

3.- Los cónyuges deben hallarse casados por un período mínimo de dos años: Siendo que el derecho promueve el matrimonio a la vez que lo protege, somete a plazo la facultad de poder divorciarse por la vía del mutuo acuerdo, evitando comportamientos inmaduros y poco meditados.

precio divorcio
informacion

 

divorcio por mutuo acuerdo

divorcio por causal

exequatur

divorcio en peru

 

 

advanced-floating-content-close-btnApp divorcio