Qué es el divorcio

Qué es el divorcioEl divorcio es la disolución definitiva del vínculo matrimonial, que se obtiene por sentencia judicial firme y sobre la base de las causas determinadas por la ley.

De lo dicho podemos extraer las siguientes conclusiones:

  1. Al ser el divorcio la disolución definitiva del vínculo matrimonial, con él se extinguen todos los derechos y obligaciones derivados del matrimonio, entre ellos, el deber de lecho y habitación. Es decir, una vez declarado el divorcio los ex cónyuges n ya no tienen la obligación ni de dormir juntos ni de vivir bajo un mismo techo.
  1. El matrimonio al ser una institución eminentemente formal solamente puede ser disuelto mediante una sentencia judicial firme. Por ello, mientras un juez no lo haya declarado, el divorcio no podrá considerado como realizado, al margen de que los cónyuges se hayan separado físicamente, “en el hecho”.
  1. Al ser el matrimonio una institución férreamente defendida por las normas peruanas, no puede disolverse por cualquier causa. En ese sentido , la ley ofrece una lista cerrada de CAUSAS por las cuales se puede pedir la disolución del vínculo matrimonial ( el divorcio)

Cómo divorciarse en el Perú

Quiero el divorcio: qué tipos de divorcios existen en Perú

Cómo divorciarseComo dijimos, solamente se puede pedir el divorcio por alguna de las causas señaladas por la ley. La ley señala 13 causas y sobre estas se pueden distinguir dos clases de divorcio: 1) El divorcio por causal específica y 2) el divorcio por mutuo acuerdo o divorcio por causas innominadas.

Una vez conocidas y comprendidas ambas clases de divorcio, usted podrá tomar la decisión más acertada sobre cuál es la clase de divorcio que le conviene.

El divorcio por causal

Es la clase divorcio que se produce a modo de sanción por haber transgredido alguno de los deberes más importantes del matrimonio.

Las conductas que transgreden estos deberes están descritas de manera específica en los incisos 1 al 12 del artículo 333 del Código Civil peruano. Estas conductas son las siguientes:

  • El adulterio
  • La violencia física o psicológica.
  • El atentado contra la vida del cónyuge.
  • La injuria grave
  • El abandono injustificado de la casa conyugal por más de 2 años continuos
  • La conducta deshonrosa que haga insoportable la vida común
  • El uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o sustancias que puedan generar toxicomanía.
  • La enfermedad grave de transmisión sexual contraída después de la celebración del matrimonio.
  • La condena por delito doloso a pena privativa de la libertad mayor a dos años, impuesta después de la celebración del matrimonio.
  • La imposibilidad de hacer vida común
  • La separación de hecho durante un periodo ininterrumpido de dos años.
  • La separación convencional después de transcurridos dos años de la celebración del matrimonio.

Debido a que en esta clase de divorcio, la disolución del vínculo matrimonial se adquiere a modo de sanción por haber cometido alguno de los actos anteriormente descritos, a este tipo de divorcio también se le conoce como DIVORCIO- SANCION.

En ese marco, en el proceso de divorcio por causal especifica o divorcio sanción, los cónyuges adquieren dos calidades especiales. El cónyuge que comete el acto ilícito se convierte en cónyuge culpable y el que sufre la consecuencia del acto se convierte en cónyuge inocente. Es importante que tengamos claros ambos términos porque serán de vital importancia a efectos de comprender adecuadamente los apartados posteriores en los que se expondrán las consecuencias del divorcio.

El divorcio por mutuo acuerdo

En esta clase de divorcios los cónyuges deciden libremente divorciarse, no teniendo la obligación de ventilar las razones de ocaso matrimonial. Debido a ello a esta clase divorcio se le conoce también como divorcio por causas innominadas.

En esta clase de divorcio, a diferencia de lo que ocurre con el divorcio con causal, la disolución del vínculo matrimonial no se genera a partir de la comisión de algún acto que transgreda alguno de los deberes del matrimonio, sino que más bien, nace de la propia voluntad de los cónyuges que – por alguna razón que no desean ventilar- deciden divorciarse.

Siendo así, en esta clase de divorcio no existe cónyuge culpable ni cónyuge inocente, por lo tanto las consecuencias del divorcio por mutuo acuerdo serán distintas a las del divorcio por causal.

Otra característica muy importante del divorcio por mutuo está relacionada a la duración del trámite conducente a su obtención .De hecho el proceso del divorcio por mutuo acuerdo dura mucho menos tiempo que el de divorcio por causal.

Es más, dentro de esta característica, el divorcio por mutuo tiene una particularidad, esta es, que no solamente puede ser tramitado a través de un juzgado sino que también puede hacerse por vía municipal o notarial.

Me quiero divorciar: qué tipo de abogado debe ver mi caso

En el derecho al igual que en la medicina existen ramas específicas y disciplinas. Los especialistas del derecho al igual que los médicos se especializan en alguna rama o disciplina jurídica.

Siendo así, el profesional idóneo para que lleve su divorcio deberá ser un abogado especializado en derecho de familia. Solamente un abogado especializado en el tema tendrá el conocimiento y la experiencia suficiente para afrontar adecuadamente su divorcio.

Quiero el divorcio: que debo hacer como trámites

Quiero el divorcioLos trámites conducentes a la obtención del divorcio dependerán de la clase de divorcio que se pretenda realizar. Obviamente los trámites para el divorcio por causal no son los mismos que los que se necesitan cumplir para los divorcio por mutuo.

Dichas particularidades serán atendidas en el apartado en el que se aborde EL PROCESO DE DIVORCIO.

Quiero divorciarme de mi esposa: ¿quién tendría la custodia?

Como lo mencionamos, la disolución del vínculo matrimonial o divorcio trae consigo una serie de consecuencias de carácter legal que repercuten inevitablemente en la vida de los cónyuges. Una de las más importantes está relacionada con la custodia o patria potestad del menor.

Siendo así, en el proceso de divorcio el juez deberá también pronunciarse sobre la custodia o patria potestad del menor, es decir, sobre a cuál de los padres se le deberá atribuir dicho poder.

La decisión del juez podrá enmarcarse en dos situaciones distintas que dependerán de las circunstancias que hayan ocasionado el divorcio. La primera, está relacionada con el ya conocido divorcio por causal o divorcio sanción, la segunda con el divorcio por mutuo acuerdo.

En el primer caso, es decir, cuando el divorcio se haya producido como consecuencia de la transgresión de alguno de los deberes más importantes del matrimonio, el juez deberá a atribuir la patria potestad al CONYUGE INOCENTE , es decir , al que no transgredió las obligaciones del matrimonio suspendiendo el ejercicio de este derecho al cónyuge culpable.

Ahora bien, cuando ambos cónyuges hayan sido considerados CULPABLES, le juez deberá resolver el asunto de acuerdo a las siguientes reglas:

  1. Los HIJOS VARONES MAYORES DE 7 AÑOS quedan a cargo del padre.
  2. Los hijos menores de 7 años y las HIJAS MENORES de edad quedarán a cargo de la madre.

Ahora bien, en el segundo caso, es decir, cuando el divorcio se haya generado a partir de la libre decisión de los cónyuges, son ellos mismos los que deberán regular por medio de un acuerdo formal el ejercicio de la patria potestad.

En ambos casos, ya sea que el divorcio se hay obtenido por causal especifica o por mutuo acuerdo, el cónyuge al que no se le hay atribuido la patria potestad tendrá derecho a obtener un régimen de visitas de cumplimiento obligatorio.

Quiero divorciarme de mi esposo: ¿tendré una pensión de alimentos?

Quiero divorciarmeEl código civil es categórico al señalar que tras el divorcio CESA toda obligación alimenticia entre marido y mujer. De ser así, aplicando esta regla, tras la separación ninguno de los dos cónyuges tendrá derecho a reclamarle al otro algún tipo o forma de pensión por concepto de alimentos. Sin embargo esta regla general – como todas – tiene su excepción.

La excepción es cuando uno de los dos cónyuges no puede proveerse por sí misma los alimentos y el otro haya sido considerado culpable .La ley señala que en este caso , el cónyuge culpable deberá cumplir con pasar una pensión de alimento no deberá superara la tercera parte de sus rentas.

El proceso del divorcio

Las características del proceso de divorcio dependerán de la clase de divorcio que se pretenda realizar.

Desde esa óptica, si se quiere realizar un proceso de divorcio por causal específica, se deberá optar por el denominado proceso de conocimiento (el proceso más largo), que lo podemos resumir en los siguientes pasos.

  • EL primero de todos es la interposición de la demanda antes juez competente, respetando los criterios establecidos por la ley (artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil).
  • Una vez admitida, el juez le otorgara al demandado un plazo de treinta (30) días para contestar la demanda o para reconvenir (es decir, para que él pida algo distinto).
  • Luego, se le otorgará 10 días para ofrecer los medios probatorios que no hayan sido invocados en la demanda; tras ello, el juez convocará a una audiencia de pruebas, en la cual las partes con sus respectivos abogados efectuarán sus descargos, en un plazo no mayor de cincuenta (50) días.
  • Una vez evaluadas la pruebas y habiendo escuchado a ambas partes en dicha audiencia, el juez dictará sentencia en un plazo de 50 días.
  • Luego de la emisión de la sentencia, el caso será evaluado nuevamente por otro juez –el juez superior de familia- a efectos de que ratifique o modifique la sentencia.

Por otro lado, tenemos al   proceso de divorcio por mutuo acuerdo o para ser más precisos en el proceso de separación convencional y divorcio ulterior. Esta clase de divorcio podrá tramitarse por tres vías: por la vía judicial, por la municipal o por la notarial. A efecto de conocer de mejor manera este tipo de divorcio le recomendamos leer nuestro artículo “ El divorcio por mutuo acuerdo” o el “divorcio exprés en el Perú”

Cuánto tiempo demora un divorcio

Cuánto demora un divorcioLa duración del divorcio dependerá de la clase de divorcio que se esté llevando a cabo.

Siendo así, la duración aproximada de los divorcios, según su clase, es la siguiente:

  • El divorcio por causal especifica durará aproximadamente 3 años.
  • El divorcio por mutuo acuerdo tramitado por la vía judicial durará aproximadamente 1 año.
  • El divorcio por mutuo acuerdo tramitado por la vía municipal o notarial ( DIVORCIO EXPRESS) durará aproximadamente 3 meses

Cuánto cuesta divorciarse en Perú

El costo del divorcio también está directamente ligado con la clase de divorcio que se esté llevando a cabo.

Siendo así, el costo aproximado de los divorcios son los siguientes:

  • a) El divorcio por causal tiene un costo aproximado de 1099 USS.
  • b) El divorcio por mutuo acuerdo tiene un costo oscilante- según la particularidad del caso – entre 600 y 900 USS.
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