¿En qué consiste?
Es la disolución del vínculo matrimonial solicitada de común acuerdo por ambos cónyuges sin tener que exponer o probar las razones de la separación. Solo se deben cumplir los requisitos establecidos en la ley y se obtiene el divorcio.
Con la Ley N° 29227 Ley de Divorcio Rápido, Ud. puede obtener su divorcio en solo 03 meses a través de un procedimiento que se realiza ante la Municipalidad o Notaria.
Aplican de manera directa al divorcio rápido los cónyuges que no tengan hijos menores ni bienes adquiridos en el matrimonio, pues la Notaría o Municipio solo se encargan de disolver el vínculo matrimonial pero no están autorizados para resolver los asuntos relacionados con los hijos ni con los bienes.
Si cuenta con hijos menores podrá acceder al divorcio rápido solo si, previamente, resuelve con su cónyuge la pensión de alimentos, tenencia y visitas de sus hijos a través de un acuerdo conciliatorio.
Asimismo si cuenta con bienes adquiridos dentro del matrimonio (casas, terrenos, vehículos, etc.) deberá efectuar, previamente, la separación de los bienes ante Notario.
Si Ud. tiene hijos y/o bienes no tiene porqué preocuparse pues nuestro servicio de divorcio es integral y comprende también el asesoramiento y la realización de todos los trámites previos que su caso requiera para que pueda obtener su divorcio en solo 03 meses.
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