Los padres y el divorcio
Si existe un amor real, se ha dicho, es aquel que proviene de los padres respecto a sus hijos. Los lazos sentimentales que unen a progenitores y procreados permanecen indemnes a las condiciones más difíciles, y aunque la realidad nos muestra una gran cantidad de casos en los que las responsabilidades nacidas de la patria potestad no son cumplidas a cabalidad, esta no tiene porque constituir la regla. La conclusión del matrimonio, no debe afectar la relación de ambos padres con sus hijos.
Aunque la situación resulte inevitablemente complicada, el deber de los padres es ponderar en todo sentido el bienestar de los hijos. Es así, que las rencillas y deficiencias de la relación entre los ex cónyuges, no deben ser trasladas al nivel padres – hijos. Ningunos de los ex esposos debe impedir que el otro cumpla con todas las obligaciones que le competen como padre ni debe ser impedido de gozar de los derechos propios a su condición.
Con el apoyo de un profesional y de familiares, se puede lograr la estabilización de la familia en esta nueva etapa, no teniendo porque resultar traumática para sus integrantes más vulnerables.
Disfrutar de una paternidad responsable es un derecho – deber que no tiene porque cesar tras el divorcio. La ruptura del vínculo matrimonial debe entenderse únicamente a nivel conyugal; la familia, y las relaciones filiales entre padres e hijos, constituyen conceptos más amplios que el matrimonio mismo.